Bonificaciones para la conciliación de la vida profesional y familiar de los autónomos
Gradualmente se van equiparando los derechos de los trabajadores autónomos a los de los trabajadores asalariados.
Un ejemplo de ello es la bonificación para la conciliación de la vida profesional y familiar de los autónomos que intenta que además de atender sus obligaciones familiares no descuiden su negocio o actividad profesional.
¿En qué consiste?
Se bonificará la cuota de los autónomos que reduzcan su jornada y contraten a un trabajador en los supuestos de:
- Cuidado de menores de 12 años.
- Tener a su cargo familiares, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, en situación de dependencia.
- Tener a su cargo familiares, por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% o una discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%, cuando dicha discapacidad esté debidamente acreditada, siempre que dicho familiar no desempeñe una actividad retribuida.
Si durante el periodo de disfrute el hijo cumple los 12 años, no se pierde la bonificación, ésta se aplica hasta la finalización de la situación.
Duración de la bonificación: Hasta 12 meses.
Esta bonificación se disfrutará una sola vez por el mismo hijo menor o familiar a cargo.
Porcentaje de bonificación: Hasta el 100% de la cuota de autónomos por contingencias comunes (50% si la contratación es a tiempo parcial) que resulte de aplicar a la base media que tuviera el trabajador en los 12 meses anteriores a la fecha de acogerse a esta medida.
En el caso de que el trabajador lleve menos de 12 meses de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, la base media de cotización se calculará desde la fecha de alta.
Con esta medida el autónomo puede llegar a tener un ahorro de unos 3.000 euros al año.
Condiciones de la contratación:
La duración del contrato deberá ser mínimo de 3 meses.
La jornada deberá ser mínimo del 50% de la jornada de un trabajador a tiempo completo comparable.
¿Qué requisitos debe cumplir el trabajador autónomo?
Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Carecer de trabajadores asalariados en la fecha de inicio de la aplicación de la bonificación y durante los doce meses anteriores a la misma (excepto contratos de sustitución por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural).
Deberá mantenerse de alta durante los 6 meses siguientes a la finalizacion de la situación.
