Asesoría Aretxondo

Ayudas para la sustitución de trabajadores en excedencia

Home  >>  Ayudas y subvenciones  >>  Ayudas para la sustitución de trabajadores en excedencia

Ayudas para la sustitución de trabajadores en excedencia

On mayo 4, 2016, Posted by , In Ayudas y subvenciones, By , With No Comments

El Gobierno vasco en su Decreto 177/2010 de 20 de junio, sobre ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral, consolida, mejora y amplía las ayudas económicas directas para quienes necesiten conciliar su vida familiar y laboral.

En este artículo, nos vamos a centrar en el Capítulo IV "Ayudas para sustituir a personas trabajadoras acogidas a una excedencia o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de hijos, hijas, y familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria".

Esta ayuda subvenciona la contratación de personas desempleadas, para sustituir a los trabajadores que se acojan a una excedencia o reducción de jornada para el cuidado de hijos,hijas o familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria.

También subvenciona la ampliación de la jornada laboral de una persona trabajadora anteriormente contratada a tiempo parcial para cubrir el puesto de una persona trabajadora en excedencia o reducción de jornada.

Se podrán acoger a esta ayuda los trabajadores autónomos y las personas jurídicas privadas.

Será requisito indispensable que el trabajador contratado esté inscrito como demandante de empleo y que el contrato de interinidad tenga una duración continuada mínima de 59 días.

La ayuda subvencionará hasta el 100% de la cotización empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes.

Las ayudas se concederán durante los siguientes periodos máximos por cada actuación subvencionable:

  • 548 días naturales en el supuesto de sustitución de excedencia por cuidado de hijos.

  • 365 días naturales en el supuesto de sustitución de excedencia por cuidado de familiares dependientes.

  • 90 días naturales en el supuesto de sustitución de excedencia por cuidado de familiares en situación de extrema gravedad sanitaria.

  • 1278 días naturales en el supuesto de sustitución por reducción de jornada para el cuidado de hijos o familiares dependientes.

  • 180 días naturales en el supuesto de sustitución por reducción de jornada para el cuidado de familiares en situación de extrema gravedad sanitaria.

Más información aquí.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *